28/03/2024

La clase de religión. Sentido, presente y futuro.

ClaseReligiónEl pasado 30 de enero, don Emilio Tacero, Delegado de Educación de la Diócesis de Toledo, ofreció una conferencia sobre «La clase de religión, sentido, presente y futuro», en los locales del grupo Oasis de Toledo. Apuntamos en esta entrada los puntos principales de su exposición:

La presencia de la clase de religión en el sistema de educación se apoya en tres pilares fundamentales: Legal, Personal y Cultural.

El apoyo legal se apoya, entre otros muchos documentos internaciones, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Artículo 18.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 26.
(…)
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales (…).
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 30.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Y tiene una clara referencia en la Constitución Española vigente desde 1978:
Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 16.
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Artículo 27.
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

El ponente mostró diversas tablas en las que se mostraba como este tema se ha desarrollado con toda normalidad en todos los países de Europa, excepto Francia, y cómo en los sucesivos planes de estudio de la democracia española se han ido dando soluciones insatisfactorias a este mandato constitucional.

Desde el punto de vista personal, destacar la referencia en los textos citados al pleno desarrollo de la personalidad humana, que requiere educar todas sus dimensiones: intelectual, física, afectiva y espiritual. Eliminar alguna de ellas de la tarea docente supone truncar el objetivo del proceso educativo.

El pilar cultural se entiende desde la herencia cristiana sobre la que se fundamenta la sociedad occidental y que hace incomprensible nuestro entorno social sin conocer los principios, los símbolos y los valores sobre los que se apoya su historia. En este punto, don Emilio nos leyó la carta de Jean Jaurés, socialista frances, que en 1909 escribía a su hijo sobre la conveniencia de la clase de religión, independientemente de las creencias que él tuviera. La podeis encontar en este enlace.

Don Emilio también recomendó el estudio: «La asignatura de religión y la enseñanza aconfesional» de don José Carlos Muñoz Úbeda, que puede ser encontrado en la red, por ejemplo en este enlace.

 

Un comentario en «La clase de religión. Sentido, presente y futuro.»

  1. Me ha encantado la reseña. Intenté asistir a la conferencia pero me resultó imposible. Gracias a vosotros he podido pregustar un poco lo que fue. Si alguno tuviera la conferencia grabada o escrita agradecería que me la compartiérais. Un abrazo

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